La entidad bancaria NOVA CAIXA GALICIA (incluida su filial EVO Banco) entre el año 2006 y el año 2009 principalmente, vinculó la concesión de la mayor parte de sus préstamos hipotecarios a la suscripción, por parte del cliente, de un contrato de cobertura sobre hipoteca.

Este producto, que se firmaba como un documento anexo junto a la hipoteca, ha resultado ser en realidad un producto bancario tóxico, que fue comercializado bajo diferentes denominaciones, tales como permuta financiera o swap hipotecario.

Otro caso de mala praxis bancaria

Nos encontramos por tanto ante una nueva mala praxis bancaria, que pone de manifiesto la falta de transparencia e información a la hora de negociar un préstamo hipotecario por parte de la entidad bancaria. El susodicho contrato de cobertura sobre hipoteca (un swap encubierto) era vendido como un seguro o como “documentación adjunta de la hipoteca”, por lo que en muchos casos el cliente no tenía conocimiento real de lo que firmaba.

Los swaps o permutas financieras en teoría sirven para cubrir el riesgo de subida de los tipos de interés, se establece un importe nocional y un tipo de referencia; si los tipos van por encima favorecen al cliente (la liquidación le resultará negativa y de esa forma verá reducida la cantidad que tiene que pagar al banco), si por el contrario bajan, la liquidación favorece a la entidad.  Ha leído bien, en el caso de que el euribor baje, perdemos dinero.

En la coyuntura económica actual (de los últimos y probablemente de los próximos años) dicho producto genera, para los clientes que firmaron el contrato de cobertura, un sobrecargo (mensual o trimestral) que en numerosos casos NO ha sido detectado por el cliente dado que se trata de cantidades pequeñas que se asocian por parte de la entidad bancaria a las cuotas del préstamo hipotecario.

¿Puedo reclamar a mi banco por el contrato de cobertura sobre hipoteca?

Afortunadamente las reclamaciones por estos conceptos no prescriben, y aunque ciertamente la permuta financiera pueda haber finalizado (la duración del contrato suele oscilar entre los tres y los cinco años) y el cliente no se encuentre abonando este sobrecargo actualmente, la reclamación frente al banco para reclamar las cantidades indebidamente cobradas es perfectamente viable.

Si usted contrató en el momento de la firma de su préstamo hipotecario un producto de estas características, y sufrió sus consecuencias, sepa que tiene el derecho de denunciar y la oportunidad de recuperar el dinero pagado indebidamente.

Le recordamos que el departamento de Derecho Bancario de Martínez-Echevarría Abogados pone a disposición de los usuarios y afectados un servicio de consultoría gratuita para valorar su caso y la viabilidad de emprender acciones legales para defender sus derechos e intereses. Para ello acceda al formulario de consulta gratuita de este mismo blog. Defienda sus derechos y acabe con los abusos bancarios en su préstamo hipotecario.