Son varias las sentencias que declaran la nulidad de la cláusula suelo y la devolución con retroactividad de las cantidades pagadas de más (teniendo en cuenta el dictamen de las audiencias provinciales, como explicábamos en este post). Además, esta cláusula no solo afecta a los propietarios que hubieran firmado una hipoteca para efectuar la compra de su vivienda particular, sino que también la han encontrado aquellos empresarios en el préstamo hipotecario del local o nave donde efectúan su negocio.

Requisitos para la nulidad

El Tribunal Supremo se posicionó a favor de la nulidad de esta cláusula, aunque refiriéndose a los préstamos de particulares, en el supuesto de que la entidad no informara debidamente a los clientes que firmaban la hipoteca. Sin embargo, en el caso de los empresarios afectados por la cláusula suelo podemos acudir a una serie de requisitos:

  • Falta de reciprocidad: esto es, cuando no exista igualdad de obligaciones y derechos entre la entidad bancaria y el usuario que firma el préstamo (en este caso, la persona jurídica o empresa). Este requisito puede acusarse en el caso de que exista cláusula suelo pero no techo.
  • Falta de proporcionalidad: si el préstamo hipotecario cuenta con una cláusula techo, se podrá alegar la existencia de una desproporción en favor de la empresa afectada, ya que es casi imposible que los intereses alcancen el techo estipulado y, sin embargo, la suelo se aplica con frecuencia.
  • Falta de información: tanto en el caso de los particulares como en el que tratamos en este post, el cliente que firma el préstamo hipotecario debe ser debidamente informado de la existencia de la cláusula suelo. Si en las escrituras no se hace mención a ésta o si se refiere a un interés variable pero no indica que haya un interés mínimo, se pueden utilizar estos requisitos para solicitar la devolución de las cantidades pagadas de más.

Asesoramiento jurídico: equipo altamente especializado

Desde el blog Eliminar Cláusula Suelo animamos a todos los afectados a que inicien acciones legales contra su entidad bancaria. Cada vez son más las demandas interpuestas por parte de los consumidores, sin embargo, existen más afectados que procesos judiciales abiertos, por lo que todavía quedan muchos que pueden solicitar asesoramiento jurídico, conseguir anular la cláusula e incluso recuperar las cantidades cobradas de forma indebida con retroactividad.

Recordamos que contamos con una promoción válida para la provincia de Málaga  y para particulares, disponible hasta el 28 de febrero, por la cual ofrecemos realizar su demanda de cláusula suelo sin que usted tenga que adelantar dinero: nosotros cargamos con los gastos de poder notarial, con las tasas judiciales y con los honorarios del abogado y del procurador. Tan solo deberá pagar un 20% de las cantidades recuperadas, cuando el dinero esté en su cuenta bancaria. Aunque

Nuestro departamento de Derecho Bancario, liderado por Agustín Azparren,  magistrado en excedencia, ex vocal del CGPJ, y gran especialista en Derecho del Consumidor; le asesorará en todo lo relacionado con la reclamación de la nulidad de la cláusula suelo, la retroactividad de la devolución de los intereses y demás cuestiones que afecten al consumidor en cuanto al mal hacer de las entidades bancarias. Recordamos que el despacho dispone de un servicio de consultoría gratuita, tanto online mediante este formulario, como por vía telefónica llamando al 900 100 039.